Derecho Deportivo: Covid-19, mercado de transferencias tpo y agentes

El Covid-19 y su repercusión en el mercado de transferencias.





8 mayo, 2020
Fútbol Internacional

DERECHO DEPORTIVO: Por el Dr. Hugo Alvez Cuñetti (Diplomado en Derecho Deportivo, miembro de AIAF)

 

“C-19, MERCADO DE TRANSFERENCIAS, TPO Y AGENTES”

Mucho se ha hablado sobre las condiciones del retorno de la actividad del fútbol profesional luego de la pandemia que aqueja al mundo. Los temas que escuchamos son cuándo se vuelve, si se dan por terminadas las temporadas, si es con público o sin público, etcétera. Pero poco se habla, y ya es hora, de comenzar a prever las consecuencias futuras de la situación, concretamente sobre la afectación del mercado de pases  cuando lo haya), lo que condicionará sobremanera las economías de los clubes (sobre todo uruguayos).

 

Evidentemente que el mercado de pases ya no será igual, no solo por la baja de cotización de los jugadores, sino por otros elementos que explicaremos, y además debemos ver si las normas de FIFA, creadas en otro tiempo y bajo otras circunstancias, se ajustan a los tiempos que vendrán.

 

Partimos de la base de que los próximos mercados de transferencias estarán muy deprimidos.  Tendremos clubes compradores con menos dinero disponible, ya sea por haberse caído sus ingresos por TV, recaudación, marchandising, etc. También es posible que se corte la cadena de pagos de los precios por transferencias efectuadas por estos mismos clubes.

 

Tendremos clubes compradores con deudas con sus planteles y empleados, que en muchos casos se acogieron a beneficios de “seguro de desempleo” , o ERTE en España, o como se los denomine en cada país, lo que limitará la posibilidad de contratar jugadores so pena de perder los beneficios obtenidos.

 

FIFA no considerará razonable que un club con deudas con cualquier acreedor contrate importantes figuras nuevas.

 

Habrá una gran conflicitividad ante los órganos jurisdiccionales de FIFA y de todos los países.

 

Habrá también una gran cantidad de jugadores libres, ya sea por no renovación de sus contratos o por rescisión de los mismos, por voluntad del jugador o del club.

 

Y habrá un importante retorno de jugadores en préstamo, por no hacer los clubes uso de sus opciones, o para ser utilizados como refuerzos en sus clubes de origen.

 

Este panorama podría resumirse en dos conclusiones: a) habrá menor número de transferencias.

  1. b) los valores de las mismas disminuirán notoriamente.

Es un panorama desalentador, sobre todo para los clubes exportadores de jugadores como los uruguayos, los que tendrán dificultades para transferir, y si lo hacen será a sumas muy reducidas. Incluso, existirán problemas para cobrar tanto las transferencias efectuadas en el pasado como las futuras.

 

Y la normativa FIFA creemos que no contribuye en nada a paliar la situación. Por el contrario, retacea la posibilidad de que se efectúen inversiones en el fútbol que son tan necesarias en este momento.

 

Así, la prohibición de los TPO prevista en el art. 18 ter del Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores parece en estas circunstancias totalmente anacrónica. ¿ No será momento de permitir a los clubes hacer negocios con terceros? ¿ Con quién los van a hacer, si los potenciales clubes compradores están tan afectados?

 

También entendemos muy perjudicial la normativa proyectada sobre los Agentes de Jugadores, que limita el monto de sus comisiones y prohíbe la doble representación. ¿Es oportuno poner nuevas trabas y desestimular la actividad de quienes movilizan el mercado en este momento?  La norma proyectada generó el rechazo de todos los Agentes, y era considerada perjudicial para el mercado y para la gran mayoría de los jugadores (que no son Neymar) antes de que la pandemia existiera. Imaginemos ahora.

 

Con este panorama internacional, concretamente los clubes uruguayos enfrentarán tiempos difíciles. Considero que deberían luchar por obtener determinados cambios a nivel local, que les permitan obtener ingresos vitales. La derogación o correcta reglamentación de la ley 14996, la equiparación de la carga tributaria que pagan  los intermediarios uruguayos (más del 47%) con la que pagan los intermediarios extranjeros (12%), entre otras medidas, deberían recibir mayor atención de las instituciones, para enfrentar “la otra pandemia”: la que todavía no llegó.